Medidas a favor de la Selva
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MEDIDA. SUSPENDEN SUSTITUCIÓN DE EXONERACIONES TRIBUTARIAS HASTA 2011
A partir de esa fecha aplicarán plazos y montos del programa inicial Dicho programa establece la entrega a los gobiernos regionales o locales de la Amazonía del íntegro de los recursos tributarios cuya actual exoneración no ha beneficiado a la población para que se empleen en inversión y gasto social. Así, la norma establece que los calendarios de sustitución gradual y los montos de transferencias considerados en el Decreto Legislativo N° 978, que contiene el programa de sustitución gradual de exoneraciones, se aplicarán a partir de enero de 2011, respetando los plazos y la proporcionalidad de los mismos. La norma indica que la suspensión se encuentra en concordancia con la Ley N° 29175, ley que complementa el Decreto Legislativo N° 978. Asimismo, esta ley dispone que se suspenda la aplicación de todas las disposiciones legales que se contrapongan a la presente norma, que fue aprobada por el Congreso de la República. Por otro lado, el Poder Ejecutivo publicó la ley que posterga hasta el 1 de enero de 2010 la entrada en vigencia de varios artículos y disposiciones del Decreto Legislativo N° 972, que establece la aplicación del Impuesto a la Renta (IR) a las ganancias de capital. Dicho decreto fue aprobado en agosto de 2007 con el fin de permitir la consolidación del mercado de capitales, así como para lograr mayor eficiencia, equidad y simplicidad, y dotar al Perú de un sistema tributario predecible que favorezca el clima de inversión. Algo más |
fuente: El Peruano


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